Impuestos · 5 de agosto de 2026 · 2 mins lectura
Tus ETFs y empresas con el beneficio 107 LIR volverán a pagar 0% en impuestos al vender desde el 2027.
El 107 LIR no es nuevo. Hasta septiembre de 2022, las ganancias de capital al vender tus acciones de, ETFs y empresas con presencia bursátil no pagaban impuesto: eran ingreso no renta. La Ley 21.420 cambió eso y fijó una tasa única de 10%, la misma que rige hoy.
La reforma ya aprobada vuelve al régimen anterior a 2022: 0% de impuesto sobre la ganancia de capital, para quien venda un instrumento que califique.
En simple, si ganas CLP 100.000 al vender tus acciones, el 100% de esa ganancia es para ti (y 0% es para impuestos).
Sobre una ganancia de capital, al vender a un precio más alto tus acciones, de CLP 10.000.000, la diferencia se ve así:

Comparación de ganancia neta sobre CLP 10.000.000 según escenario tributario.
La diferencia entre no tener ningún beneficio tributario y contar con la reforma aprobada llega a CLP 4.000.000 sobre la misma ganancia, es decir, puedes ganar hasta un 66% más. Y si comparamos el artículo 107 de la LIR vigente hoy con la versión que trae la reforma, la diferencia es exactamente el millón de pesos que hoy se paga en impuestos.
Las acciones deben tener lo que se llama presencia bursátil en Chile. Esa condición ha regido el 107 LIR desde siempre y la reforma no la toca.
Un detalle clave antes de seguir: la reforma no entra en vigencia hoy.
El texto aprobado establece que el 0% rige para las ventas hechas desde el 1 de enero de 2027, sin importar cuándo compraste el instrumento. Si vendes hoy, o en cualquier momento de lo que queda de 2026, sigues pagando el 10% actual.
Dicho de otro modo: no tienes que apurarte a vender antes de que "se acabe el beneficio". Al revés, el beneficio se hace más grande a partir de esa fecha, así que no hay ninguna urgencia.
El 107 LIR no depende de si inviertes en un fondo mutuo o en un fondo indexado: ambos pueden calificar, siempre que cumplan presencia bursátil. La diferencia real está en qué hay dentro: qué estrategia tiene, qué costos y qué diversificación.
Un fondo mutuo con 107 LIR suele ser gestionado activamente: un administrador decide qué comprar y vender dentro del fondo, cobra una comisión de administración más alta, y tú inviertes en la cuota del fondo, no en los instrumentos individuales que la componen.
Un fondo indexado o ETF con 107 LIR replica un índice de forma pasiva, sin un gestor tomando decisiones activas, por lo que su comisión suele ser bastante más baja, con mucho menos riesgo gracias a diversificar en el índice completo.
Por la App, puedes armar tu Portafolio con acciones de empresas y ETFs individuales, o seguir una estrategia recomendada. Siempre ves exactamente qué tienes y cuál de esos instrumentos lleva la chapita 107 LIR. El beneficio tributario es el mismo.
La diferencia la hace el costo, riesgo, liquidez y la transparencia: pagar menos comisión sobre la misma ganancia exenta significa que te queda más plata en el bolsillo.
Si ya inviertes en instrumentos con 107 LIR, no necesitas hacer ningún trámite: el beneficio se aplica automático al vender, según la fecha en que vendas.
En la App, los instrumentos que califican llevan la chapita "107 LIR" en Portafolios. Desde 2027, esa chapita va a significar 0% de impuesto en la ganancia, no 10%. También, puedes revisar este tema en la App para encontrar todos los ETFs o empresas con el beneficio.
¿Quieres confirmar si tus Portafolios actuales ya tienen 107 LIR?
Sigue estos pasos:
Si nunca habías mirado el 107 LIR, este es un buen momento. La diferencia entre pagar hasta 40%, pagar 10% o no pagar nada sobre la misma ganancia depende, casi por completo, de dónde eliges invertir esa plata. Ojo: tus dividendos siguen pagando impuestos.
Racional no proporciona asesoramiento tributario. Esta guía fue realizada con fines informativos y no constituye asesoramiento tributario formal o recomendación alguna. Te sugerimos consultar a un profesional con respecto a tus circunstancias particulares.
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